Art. 3

Art. 3

En vigor desde 16 abr 2014
Artículo 3 Las partes que figuran en el cuadro 2 están siendo examinadas con arreglo al artículo 6 del Reglamento (CE) no 88/97. La suspensión del pago del derecho antidumping ampliado con arreglo al artículo 5 del Reglamento (CE) no 88/97 será efectiva a partir de las fechas de recepción de las solicitudes de las partes. Estas fechas se indican en la columna «Fecha de efecto». Esta suspensión se aplicará solamente a las partes específicamente mencionadas en el cuadro 2 con sus nombres y direcciones. La parte examinada notificará inmediatamente a la Comisión cualquier cambio de nombre o dirección, facilitando toda la información pertinente, en particular sobre cualquier modificación de sus actividades relacionadas con las operaciones de montaje desde el punto de vista de las condiciones de suspensión. Cuadro 2 Partes examinandas Nombre Dirección País Suspensión con arreglo al Reglamento (CE) no 88/97 Fecha de efecto Código TARIC adicional c2g-engineering GmbH Schlesische Straße 27, 10997 Berlín Alemania Artículo 5 16.12.2013 B934 Solo International Oy Pyyntitie 1 B, 02230 Espoo Finlandia Artículo 5 26.7.2013 B940 Planet X Ltd Unit 6, Ignite Business Park, Magna Way, Rotherham S60 1FD Reino Unido Artículo 5 7.2.2013 A995 S.C EUROBIKE UNIVERSAL S.R.L. Street Asociatiei No. 4, Movilita, Ialomita Rumanía Artículo 5 26.7.2013 B941 Longway Poland Sp. z o.o. ul. Rajdowa 3a, Konotopa, 05-850 Ożarów Mazowiecki Polonia Artículo 5 16.12.2013 B935 BBF Bike GmbH Carena Allee 8, 15366 Hoppegarten Alemania Artículo 5 14.1.2014 B936
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