Art. 1

Art. 1

En vigor desde 15 abr 2014
Artículo 1 La Decisión 2013/34/PESC queda modificada como sigue: 1) En el artículo 10, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente: «2.   El importe de referencia financiera para los costes comunes de la EUTM Mali correspondientes al periodo comprendido entre el 19 de mayo de 2014 y el 18 de mayo de 2016 ascenderá a 27 000 000 EUR. El porcentaje del importe de referencia indicado en el artículo 25, apartado 1, de la Decisión 2011/871/PESC queda fijado en el 0 %.». 2) En el artículo 12, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente: «2.   El mandato de la EUTM Mali terminará el 18 de mayo de 2016.».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2014:220:oj#art-1