Art. 16
Coherencia de la respuesta de la Unión y coordinación
En vigor desde 15 abr 2014
Artículo 16
Coherencia de la respuesta de la Unión y coordinación
1. La AR garantizará la coherencia de la aplicación de la presente Decisión con el conjunto de la acción exterior de la Unión, incluidos los programas de la Unión en materia de desarrollo.
2. Sin perjuicio de la cadena de mando, el Jefe de Misión actuará en estrecha coordinación con la Delegación de la Unión en Mali para garantizar la coherencia de la acción de la Unión en Mali. Sin interferir en la cadena de mando, el Jefe de la Delegación en Bamako, en estrecha coordinación con el Representante Especial de la Unión Europea para el Sahel (REUE Sahel), dará instrucciones políticas de nivel local al Jefe de la Misión EUCAP Sahel Mali. El Jefe de la Misión EUCAP Sahel Mali, el Jefe de la Delegación en Bamako y el REUE Sahel entablarán consultas en función de las necesidades.
3. Se establecerá una cooperación entre el Jefe de la Misión EUCAP Sahel Mali, el Comandante de la Misión EUTM Mali, el Jefe de la Misión EUCAP Sahel Níger y el Jefe de la Misión EUBAM Libia.
4. La EUCAP Sahel Mali coordinará y armonizará además sus acciones en el ámbito de la reforma de la seguridad con la MINUSMA y los demás socios internacionales.
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