Art. 16 · Obligaciones de notificación de los productores

Art. 16

Obligaciones de notificación de los productores

En vigor desde 18 mar 2014
Artículo 16 Obligaciones de notificación de los productores Los productores deberán notificar anualmente a las autoridades de certificación de semillas la información indicada en las letras a), b), c), f), g), h) e i) del anexo III.
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