Art. 1

Art. 1

En vigor desde 11 dic 2013
Artículo 1 Se deniega a Hungría la posibilidad de introducir la medida especial solicitada, en virtud del mecanismo de reacción rápida, de excepción a lo dispuesto en el artículo 193 de la Directiva 2006/112/CE.
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