Art. 1
En vigor desde 19 nov 2013
Artículo 1
En el artículo 3 de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, los apartados 7 a 9 se sustituyen por el texto siguiente:
«7. Portugal adoptará en 2013 las siguientes medidas, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de Acuerdo:
a)
el déficit de las administraciones públicas no rebasará el 5,5 % del PIB en 2013. Para el cálculo de este déficit no se tendrán en cuenta los posibles costes presupuestarios de las medidas de apoyo a los bancos en el contexto de la estrategia del Gobierno portugués para el sector financiero. Las medidas de saneamiento incluidas en el presupuesto de 2013 y en el presupuesto suplementario se aplicarán rigurosamente durante el resto del año. Además, en caso de que se produzcan nuevos desfases en la ejecución presupuestaria, el Gobierno deberá aplicar medidas correctoras adicionales;
b)
Portugal continuará aplicando su programa de privatización;
c)
Portugal completará la aplicación de la estrategia de servicios compartidos en la Administración Pública;
d)
Portugal proseguirá la reorganización y racionalización de la red de hospitales mediante la especialización, la concentración y la reducción del tamaño de los servicios hospitalarios, la gestión conjunta y el funcionamiento conjunto de los hospitales. Portugal velará por la aplicación del plan de acción plurianual de reorganización hospitalaria;
e)
tras la aprobación de las enmiendas a la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos 6/2006 y el Decreto-ley que simplifica el procedimiento administrativo de renovación, Portugal emprenderá un examen exhaustivo del funcionamiento del mercado de la vivienda;
f)
Portugal establecerá un sistema de registro de la propiedad de ámbito nacional para permitir una distribución más equitativa de los beneficios y costes de la ejecución de la planificación urbanística;
g)
al tiempo que respeta la sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de septiembre de 2013, Portugal deberá concebir y aplicar otras opciones de reforma del mercado laboral con un efecto similar a las declaradas inconstitucionales por dicha sentencia;
h)
Portugal promoverá una evolución de los salarios compatible con los objetivos de fomentar la creación de empleo y mejorar la competitividad de las empresas, a fin de corregir los desequilibrios macroeconómicos. Durante el período cubierto por el programa, únicamente se podrá aumentar el salario mínimo si ello está justificado por la evolución de la situación económica y del mercado de trabajo;
i)
Portugal seguirá mejorando la eficacia de sus políticas activas del mercado de trabajo conforme a los resultados del informe de evaluación y del plan de mejora del funcionamiento de los servicios públicos de empleo;
j)
Portugal seguirá aplicando las medidas establecidas en sus planes de acción con objeto de mejorar la calidad de la enseñanza secundaria y la formación profesional; en particular, el Gobierno presentará planes para hacer más eficaz el marco de financiación de los centros de enseñanza y establecerá los centros de enseñanza profesional de referencia;
k)
Portugal finalizará la adopción de las enmiendas sectoriales pendientes, necesarias para la plena aplicación de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (*1);
l)
el Gobierno presentará al Parlamento portugués los estatutos modificados de las organizaciones profesionales;
m)
Portugal adoptará las correspondientes modificaciones de las ordenanzas de las autoridades nacionales de regulación;
n)
Portugal publicará informes trimestrales sobre los índices de recuperación, la duración y el coste de los asuntos de insolvencia de empresas, la duración y el coste de los procedimientos fiscales, y el índice de resolución de los procedimientos judiciales de ejecución;
o)
Portugal mejorará el entorno empresarial, finalizando las reformas pendientes relativas a la reducción de las cargas administrativas (plena operatividad de la ventanilla única contemplada en la Directiva 2006/123/CE y proyectos “sin autorización previa”) y simplificando más los procedimientos de concesión de licencias, las reglamentaciones y otros trámites administrativos que existen actualmente en la economía y obstaculizan sobremanera el desarrollo de las actividades económicas;
p)
Portugal completará la reforma del sistema de gestión de los puertos, incluida la revisión de las concesiones para dicha gestión;
q)
Portugal aplicará medidas que mejoren el funcionamiento de los sectores postal y de las telecomunicaciones;
r)
Portugal aplicará medidas que mejoren el funcionamiento del sistema de transporte;
s)
Portugal aplicará medidas que eliminen el déficit tarifario del suministro eléctrico;
t)
Portugal garantizará que se aplica el nuevo marco jurídico e institucional de las asociaciones público-privadas y que siguen renegociándose los contratos público-privados sobre carreteras, de conformidad con el plan estratégico presentado por el Gobierno y con la revisión del marco reglamentario, a fin de obtener sustanciales ventajas presupuestarias, particularmente en 2013;
u)
Portugal seguirá centrándose en la adopción de medidas encaminadas a combatir el fraude y la evasión fiscales y a reforzar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
8. Portugal adoptará en 2014 las siguientes medidas, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de Acuerdo:
a)
el déficit de las administraciones públicas no rebasará el 4 % del PIB en 2014. Para el cálculo de este déficit no se tendrán en cuenta los posibles costes presupuestarios de las medidas de apoyo a los bancos en el contexto de la estrategia del Gobierno portugués para el sector financiero. Para lograr este objetivo, Portugal ejecutará medidas de saneamiento por valor del 2,3 % del PIB, principalmente en el marco de la Ley Presupuestaria de 2014. Las medidas serán de carácter permanente en su mayoría y estarán orientadas hacia la reducción de las partidas de gasto;
b)
el paquete de saneamiento deberá basarse en las medidas de reducción del gasto elaboradas en el marco del examen del gasto público. En conjunto, esas medidas deberán equivaler al 1,8 % del PIB en 2014 e incluir:
i)
la limitación del gasto de la masa salarial del sector público, mediante la disminución del empleo público y la reorientación simultánea de su composición hacia los trabajadores más cualificados, en particular a través de un programa de recualificación y un régimen de cese voluntario; una mayor convergencia de las normas laborales de la función pública y del sector privado (lo que incluye el aumento del horario laboral y la reducción de las vacaciones) y la introducción de una escala salarial única, así como la racionalización de los complementos salariales; se incrementarán las cotizaciones de los beneficiarios a los regímenes especiales del seguro sanitario, contribuyendo así a aumentar la equidad y la eficiencia del gasto público,
ii)
la reforma del sistema de pensiones en virtud del aumento de la edad legal de jubilación mediante la modificación del factor de sostenibilidad; la armonización de las normas de cálculo del importe de las pensiones aplicadas en el régimen de pensiones de los funcionarios (CGA) y el régimen general de pensiones, protegiendo las inferiores a determinados umbrales; la racionalización de las pensiones de supervivencia del CGA y el régimen general de pensiones, en particular cuando se sumen a otras pensiones,
iii)
ahorros en el consumo intermedio y los programas de gasto en todos los ministerios. Teniendo presentes los riesgos políticos y jurídicos, algunas de estas medidas podrán sustituirse total o parcialmente por otras de dimensión y calidad equivalentes;
c)
el conjunto de medidas derivadas del examen del gasto público se complementarán con otras medidas en materia de ingresos de carácter permanente (con un valor del 0,4 % del PIB) que incrementen la eficiencia y la equidad de la actual estructura tributaria y asistencial. En particular, se incrementará el tipo del impuesto de sociedades sobre los gastos relacionados con los vehículos de empresa y se mejorará la imposición relacionada con el medio ambiente y la salud a través de la modificación de la fiscalidad de los vehículos diésel de pasajeros y el aumento de los impuestos especiales aplicados al tabaco y las bebidas alcohólicas. En el ámbito de la fiscalidad sobre la propiedad inmobiliaria, se suprimirán las exenciones fiscales en favor de los fondos de pensiones y los fondos inmobiliarios. Se eliminarán los límites de las cotizaciones a la seguridad social de los miembros de los organismos oficiales. Se impondrá una contribución extraordinaria al sector de la energía para poner coto a las rentas excesivas en ese sector; una parte de los ingresos generados con ella se utilizarán para reducir el déficit tarifario. Se venderán licencias para los juegos de azar en línea con el fin de regularizar ese mercado y también se gravará dicha actividad. Se introducirá una tasa extraordinaria sobre el espectro de los medios de comunicación y se incrementará el gravamen aplicado a las entidades financieras. Además, se aplicarán una serie de medidas excepcionales, con las que se obtendrán ingresos superiores a los costes de los pagos puntuales anticipados derivados de la introducción del sistema de cese de mutuo acuerdo en el sector público. Entre ellas cabe citar la transferencia del fondo de salud de Correios de Portugal (CTT) al sector público, la venta de un puerto y de concesiones de silos y los dividendos extraordinarios de la venta de reservas excedentarias de petróleo de una empresa pública;
d)
Portugal presentará un informe con los siguientes objetivos:
i)
detectar posibles solapamientos de servicios y jurisdicciones y otras fuentes de ineficiencias entre las administraciones central y local,
ii)
reorganizar la red de servicios descentralizados de los ministerios, principalmente a través de la red de oficinas del ciudadano y otros dispositivos, de modo que se aumente la eficiencia de las zonas geográficas abarcadas y se intensifique el uso de servicios compartidos y de la administración electrónica;
e)
Portugal proseguirá la reorganización y racionalización de la red de hospitales mediante la especialización, la concentración y la reducción del tamaño de los servicios hospitalarios, la gestión conjunta y el funcionamiento conjunto de los hospitales. Portugal velará por la aplicación del plan de acción plurianual de reorganización hospitalaria;
f)
Portugal aplicará el plan de creación de una sociedad independiente de gestión logística del gas y la electricidad;
g)
Portugal aplicará medidas que mejoren el funcionamiento del sistema de transporte;
h)
Portugal evaluará la incidencia del régimen optativo de contabilidad de caja para el IVA;
i)
Portugal realizará un inventario y un análisis de los costes de los reglamentos que puedan tener un mayor impacto en la actividad económica.
9. Con miras a restaurar la confianza en el sector financiero, Portugal procurará mantener un nivel adecuado de capital en su sector bancario y garantizar un proceso de desapalancamiento ordenado cumpliendo los plazos fijados en el Protocolo de Acuerdo. A este respecto, Portugal aplicará a su sector bancario la estrategia acordada con la Comisión, el BCE y el FMI a fin de preservar la estabilidad financiera. En particular, Portugal:
a)
supervisará la transición de los bancos a las nuevas normas de capital, tal como se establecen en la IV revisión de la Directiva de requisitos de capital (DRC IV) y garantizará que las reservas de capital sigan adecuándose a los retos del entorno en el que operan;
b)
recomendará a los bancos reforzar sus márgenes de garantía de forma sostenible;
c)
garantizará un proceso de desapalancamiento del sector bancario equilibrado y ordenado, que sigue siendo fundamental para eliminar de forma permanente los desequilibrios de financiación y reducir la dependencia respecto de la financiación del Eurosistema a medio plazo; se revisarán trimestralmente los planes de financiación y capitalización de los bancos;
d)
promoverá la diversificación de las alternativas de financiación para el sector empresarial y, particularmente, para las PYME, mediante una serie de medidas encaminadas a mejorar su acceso a los mercados de capital;
e)
seguirá racionalizando el grupo CGD, de propiedad estatal;
f)
externalizará la gestión de los créditos del BPN actualmente en manos de Parvalorem a las empresas seleccionadas a través del proceso de licitación con el mandato de recuperar gradualmente los activos; el Gobierno portugués garantizará la venta oportuna de las filiales y los activos de las otras dos entidades con cometido especial de propiedad estatal;
g)
sobre la base de las propuestas presentadas con el fin de fomentar la diversificación de las alternativas de financiación para el sector empresarial, desarrollará y aplicará soluciones que brinden a las empresas modalidades de financiación alternativas al crédito bancario tradicional; el Gobierno portugués evaluará las posibilidades de mejorar el rendimiento y la administración de las actuales líneas públicas de crédito basándose en los resultados de la reciente auditoría externa y la hoja de ruta presentada;
h)
analizará los planes de rescate de los bancos y elaborará directrices al respecto y preparará planes de resolución sobre la base de los informes presentados por los bancos. El Gobierno presentará al Parlamento portugués las modificaciones necesarias de la Ley de Recapitalización que refleje la Comunicación de la Comisión sobre la aplicación, a partir del 1 de agosto de 2013, de la normativa sobre ayudas estatales a las medidas de apoyo en favor de los bancos en el contexto de la crisis financiera;
i)
aplicará un marco que permita a las entidades financieras emprender una reestructuración extrajudicial de la deuda de las economías domésticas, flexibilizar la reestructuración de la deuda de las empresas y aplicar un plan de acción para aumentar la sensibilización de los ciudadanos sobre los instrumentos de reestructuración;
j)
elaborará informes trimestrales sobre la aplicación de los nuevos instrumentos de reestructuración; sobre la base del estudio realizado recientemente, explorará alternativas que fomenten la recuperación de las empresas que se adhieran al PER (el procedimiento especial de revitalización para las empresas con graves dificultades financieras) y al Sireve (el sistema de recuperación por vía extrajudicial para las empresas que atraviesan dificultades económicas o se encuentran en situación de insolvencia real o inminente).
(*1) Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DO L 376 de 27.12.2006, p. 36).»."
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