Art. 6 · Aplicación de la presente Decisión

Art. 6

Aplicación de la presente Decisión

En vigor desde 23 sept 2013
Artículo 6 Aplicación de la presente Decisión 1.   En caso necesario, el Consejo, previa recomendación del Comité de Seguridad, aprobará políticas de seguridad que establezcan medidas de aplicación de la presente Decisión. 2.   El Comité de Seguridad podrá acordar, dentro de su ámbito de competencias, directrices de seguridad que completen o faciliten la aplicación de la presente Decisión y de las políticas de seguridad aprobadas por el Consejo.
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