Art. 1

Art. 1

En vigor desde 15 may 2013
Artículo 1 Las medidas que Dinamarca tiene previsto ejecutar en favor del centro de gran aforo para espectáculos de Copenhague, consistente una participación de 325 millones DKK de la ciudad de Copenhague, una subvención de 15 millones DKK de Elitefacilitetsudvalget, así como el derecho de utilización gratuita durante 40 años de los terrenos en los que se construirá el centro son compatibles con el mercado interior con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Por tanto, se autoriza la ejecución de dichas medidas.
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