Art. 1
En vigor desde 2 may 2013
Artículo 1
La medida que Suecia tiene la intención de aplicar en favor del centro para acontecimientos deportivos y sociales de Uppsala, que asciende a 150 millones SEK, es compatible con el mercado interior de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. En consecuencia, se autoriza la ejecución de la medida por un importe de 150 millones SEK.
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