Art. 1
Misión
En vigor desde 17 ene 2013
Artículo 1
Misión
1. La Unión efectuará una misión de formación militar («EUTM Mali»), con el objetivo de proporcionar, en el sur de Mali, formación y asesoramiento en materia militar a las fuerzas armadas de Mali bajo el control de las autoridades civiles legítimas, con objeto de contribuir a la restauración de su capacidad militar para permitirles participar en operaciones militares destinadas a restablecer la integridad territorial de Mali y reducir la amenaza planteada por los grupos terroristas. La EUTM Mali no participará en operaciones de combate.
2. El objetivo de la EUTM Mali será responder a las necesidades operativas a las fuerzas armadas de Mali impartiendo:
a)
apoyo a la formación en beneficio de las fuerzas armadas de Mali;
b)
formación y asesoramiento en materia de mando y control, cadena logística y recursos humanos, así como formaciones en materia de Derecho internacional humanitario, de protección de los civiles y de los derechos humanos.
3. La EUTM Mali aspirará a reforzar condiciones que permitan a las autoridades civiles legítimas controlar correctamente a las fuerzas armadas de Mali.
4. Las actividades de la EUTM Mali se llevarán a cabo en estrecha coordinación con otros actores implicados en el apoyo a las fuerzas armadas de Mali, en particular con las Naciones Unidas (ONU) y con la Comunidad Económica de los Estados del África Occidental (CEDEAO).
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