Art. 7 · Aplicación del artículo 25 del Acuerdo

Art. 7

Aplicación del artículo 25 del Acuerdo

En vigor desde 6 dic 2012
Artículo 7 Aplicación del artículo 25 del Acuerdo El artículo 25 del Acuerdo se aplicará cuando una de las Partes considere que la otra Parte no ha cumplido con las obligaciones establecidas en los artículos 5 y 6.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2012:776:oj#art-7