Art. 1
En vigor desde 13 nov 2012
Artículo 1
1. A fin de respaldar la aplicación del Plan de Acción de Cartagena 2010-2014 («el Plan de Acción de Cartagena») adoptado por los Estados Parte en la Convención de 1997 sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción («la Convención»), en el marco de la Estrategia Europea de Seguridad y en consonancia con las decisiones pertinentes de la comunidad internacional, la Unión perseguirá los objetivos siguientes:
a)
respaldar los esfuerzos de los Estados Parte en la Convención para aplicar los aspectos del Plan de Acción de Cartagena relativos a la asistencia a las víctimas;
b)
respaldar los esfuerzos de los Estados Parte en la Convención para aplicar los aspectos del Plan de Acción de Cartagena relativos a la retirada de las minas;
c)
fomentar la universalización de la Convención;
d)
dar prueba del compromiso actual de la Unión y de sus Estados miembros con la Convención, y su resolución de cooperar con aquellos Estados que necesiten ayuda para cumplir los compromisos contraídos en virtud de la Convención y ampliar la asistencia a dichos Estados, así como mejorar el liderazgo de la Unión en el logro de la finalidad de la Convención de poner fin al sufrimiento y a las víctimas causadas por las minas antipersonal.
2. Todos los objetivos contemplados en el apartado 1 se perseguirán de manera que refuercen la tradición de la Convención de asociación y colaboración entre Estados y organizaciones no gubernamentales y de otra índole y actores locales, especialmente trabajando estrechamente con los actores pertinentes con el fin de mejorar las manifestaciones específicas de tal colaboración.
3. Para alcanzar los objetivos mencionados en el apartado 1, la Unión acometerá los siguientes proyectos:
a)
asistencia a las víctimas: prestación de ayuda técnica en un máximo de ocho casos, realización de un máximo de cinco valoraciones intermedias y ejecución de un máximo de cinco acciones de seguimiento;
b)
retirada de minas: realización de un máximo de cinco valoraciones intermedias y ejecución de un máximo de cinco acciones de seguimiento;
c)
universalización de la Convención: apoyo a un grupo especial de alto nivel, elaboración de un análisis sobre seguridad fronteriza sin minas antipersonal y organización de un máximo de tres talleres sobre universalización;
d)
demostración del compromiso de la Unión: organización de actos de lanzamiento y clausura, garantía de accesibilidad a la página web de la Convención, amplia difusión de los compromisos de asistencia a las víctimas contraídos por los Estados Parte en la Convención, organización de una visita de prensa y elaboración de material de comunicación y publicaciones.
La descripción detallada de los proyectos figura en el anexo.
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