Art. 2

Art. 2

En vigor desde 4 oct 2012
Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán la República Federal de Alemania, la República de Lituania, el Reino de los Países Bajos, la República de Polonia, el Reino de Suecia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2012:654:oj#art-2