Art. 2

Art. 2

En vigor desde 11 jul 2012
Artículo 2 El TFUE queda modificado como sigue: 1) En el artículo 349, párrafo primero, se introduce la mención «Mayotte» después de «Martinica». 2) En el artículo 355, apartado 1, se introduce la mención «Mayotte» después de «Martinica». 3) En el anexo II se suprime el sexto guion
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