Art. 11 · Informes

Art. 11

Informes

En vigor desde 25 jun 2012
Artículo 11 Informes El REUE presentará periódicamente informes verbales y escritos a la Alta Representante y al CPS. Informará también a los grupos de trabajo del Consejo en caso necesario. Los informes periódicos escritos se transmitirán por la red COREU. Cuando así lo recomienden la Alta Representante o el CPS, el REUE presentará informes al Consejo de Asuntos Exteriores.
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