Art. 23 · Aplicación territorial

Art. 23

Aplicación territorial

En vigor desde 14 may 2012
Artículo 23 Aplicación territorial El presente Acuerdo se aplicará, por una parte, al territorio en el que se aplica el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en las condiciones enunciadas por dicho Tratado y, por otra, al territorio de la RCA.
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