Art. 13
Procedimiento de comité
En vigor desde 14 mar 2012
Artículo 13
Procedimiento de comité
1. La Comisión estará asistida por el Comité del espectro radioeléctrico, establecido en virtud de la Decisión no 676/2002/CE. Este Comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) no 182/2011.
2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, será de aplicación el artículo 5 del Reglamento (UE) no 182/2011. Si el Comité no emite un dictamen, la Comisión no adoptará el proyecto de acto de ejecución y se aplicará el artículo 5, apartado 4, párrafo tercero, del Reglamento (UE) no 182/2011.
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