Art. 2
En vigor desde 8 mar 2012
Artículo 2
El anexo II de la Decisión 2010/656/PESC se sustituye por el texto que figura en el anexo II de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2012:144:oj#art-2