Art. 38

Art. 38

En vigor desde 21 dic 2011
Artículo 38 La Unión Europea concede una ayuda financiera al Centro Común de Investigación de la Comisión Europea en Geel, Bélgica, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012, para la organización de las actividades siguientes: 1) las relacionadas con metales pesados en piensos y alimentos; dicha ayuda no excederá de 237 000 EUR; 2) talleres relativos a las actividades mencionadas en el punto 1; dicha ayuda no excederá de 22 000 EUR; 3) las relacionadas con micotoxinas; dicha ayuda no excederá de 238 000 EUR; 4) talleres relativos a las actividades mencionadas en el punto 3; dicha ayuda no excederá de 22 000 EUR; 5) las relacionadas con hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP); dicha ayuda no excederá de 227 000 EUR; 6) talleres relativos a las actividades mencionadas en el punto 5; dicha ayuda no excederá de 22 000 EUR; 7) las relacionadas con los aditivos destinados a los piensos; dicha ayuda no excederá de 44 000 EUR; 8) talleres relativos a las actividades mencionadas en el punto 7; dicha ayuda no excederá de 25 000 EUR.
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