Art. 1
En vigor desde 10 oct 2011
Artículo 1
Queda aprobado en nombre de la Unión el Protocolo acordado entre la Unión Europea y la República de Cabo Verde por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de asociación en el sector pesquero en vigor entre ambas Partes.
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