Art. 8 · Entrada en vigor y aplicabilidad

Art. 8

Entrada en vigor y aplicabilidad

En vigor desde 10 ago 2011
Artículo 8 Entrada en vigor y aplicabilidad La presente Decisión entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y se aplicará durante cinco años.
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