Art. 1
En vigor desde 17 jun 2011
Artículo 1
Los Estados miembros prorrogan la concesión de las ventajas que se precisan a continuación, contempladas en el anexo III del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, en beneficio de la empresa común Hochtemperatur-Kernkraftwerk GmbH (HKG) para un período de ocho años a partir del 1 de enero de 2010:
1)
de conformidad con el punto 4 del anexo III del Tratado, exención del impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles (Grunderwerbsteuer);
2)
de conformidad con el punto 5 del anexo III del Tratado:
—
exención de la contribución territorial (Grundsteuer),
—
exención de la parte del impuesto sobre los beneficios correspondiente, de acuerdo con el artículo 8, punto 1, de la Ley relativa al impuesto sobre los beneficios (Gewerbesteuergesetz), a los intereses derivados de deudas a largo plazo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2011:374:oj#art-1