Art. 1
En vigor desde 18 feb 2011
Artículo 1
Francia podrá autorizar el transporte de pollitos de un día y pollitas maduras para la puesta a partir de explotaciones situadas en la zona de protección establecida el 30 de diciembre de 2010 en torno a una explotación de palomas para carne situada en el municipio de Langoat, departamento de Côtes d'Armor, a otras explotaciones de aves de corral situadas en su territorio, en las condiciones siguientes:
a)
la autoridad competente responsable de la explotación de origen deberá notificar el envío de pollitos de un día o pollitas maduras para la puesta con una antelación mínima de veinticuatro horas a la autoridad competente responsable de la explotación de destino;
b)
la autoridad competente deberá precintar los vehículos que transporten los pollitos de un día o las pollitas maduras para la puesta antes de la salida;
c)
en el momento del precintado de los vehículos mencionados en la letra b), la autoridad competente deberá registrar el número de matrícula del vehículo y el número de pollitos de un día y de pollitas maduras para la puesta transportados;
d)
al llegar el vehículo a la explotación de destino, la autoridad competente deberá:
i)
examinar y retirar el precinto del vehículo,
ii)
estar presente durante la descarga de los pollitos de un día y las pollitas maduras para la puesta,
iii)
registrar el número de matrícula del vehículo y el número de pollitos de un día o de pollitas maduras para la puesta transportados;
e)
todo vehículo que haya transportado pollitos de un día o pollitas maduras para la puesta deberá limpiarse y desinfectarse inmediatamente después de la descarga, bajo control oficial y siguiendo las instrucciones de la autoridad competente;
f)
la explotación de destino deberá permanecer bajo control oficial durante un mínimo de veintiún días.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2011:111(1):oj#art-1