Art. 1
En vigor desde 6 dic 2010
Artículo 1
La Decisión 2009/906/PESC del Consejo queda modificada como sigue:
1)
En el artículo 9, el apartado 2 se sustituye por lo siguiente:
«2. Bajo la responsabilidad del Consejo y del AR, el Comité Político y de Seguridad ejercerá el control político y la dirección estratégica de la MPUE.».
2)
En el artículo 10, apartado 1, la primera frase se sustituye por lo siguiente:
«1. El Comité Político y de Seguridad ejercerá, bajo la responsabilidad del Consejo y del AR, el control político y la dirección estratégica de la MPUE.».
3)
En el artículo 12, apartado 1, se añade el siguiente párrafo:
«El importe de referencia financiera para cubrir los gastos de la MPUE durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011 será de 17 600 000 EUR.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2010:755:oj#art-1