Art. 1

Art. 1

En vigor desde 2 dic 2010
Artículo 1 1.   Con vistas a la ejecución de la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras y de sus municiones (la Estrategia APAL de la UE), la Unión perseguirá los siguientes objetivos: a) mejorar las herramientas y técnicas de que disponen las misiones de gestión de crisis, las autoridades internacionales y las autoridades nacionales de terceros países, así como los Estados miembros, para detectar y seleccionar de manera eficaz las aeronaves de flete aéreo sospechosas de estar implicadas en el comercio ilícito de APAL por vía aérea en, desde o hacia terceros Estados; b) aumentar el conocimiento y la competencia técnica por parte del personal internacional y nacional pertinente sobre las «buenas prácticas» en materia de supervisión, detección y análisis de gestión del riesgo frente a transportistas aéreos sospechosos de participar en el tráfico ilícito de APAL por vía aérea en, desde o hacia terceros Estados. 2.   Para lograr los objetivos mencionados en el apartado 1, la Unión emprenderá las siguientes medidas: a) desarrollo y prueba sobre el terreno de programas informáticos experimentales específicos para la gestión de riesgo destinados a las misiones de gestión de crisis correspondientes y a las autoridades internacionales y nacionales, incluida una base de datos regularmente actualizada dedicada, entre otras cosas, a las compañías aéreas, las aeronaves, los números de registro y las rutas de transporte; b) desarrollo y prueba sobre el terreno de un sistema experimental seguro de gestión del riesgo y de difusión de información; c) desarrollo y publicación de un manual y de material de formación complementario y prestación de asistencia técnica para facilitar el uso y la adaptación de los programas informáticos experimentales y de los sistemas seguros de gestión de riesgo y de información, en particular mediante la organización de seminarios regionales para formar a las misiones de gestión de crisis correspondientes, así como a las autoridades internacionales y nacionales. En el anexo figura una descripción detallada del proyecto.
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