Art. 1
Disposiciones financieras
En vigor desde 2 dic 2010
Artículo 1
El artículo 14 de la Acción Común 2005/797/PESC queda sustituido por el texto siguiente:
«Artículo 14
Disposiciones financieras
1. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2010 será de 6 870 000 EUR.
2. Los gastos financiados mediante el importe a que se refiere el apartado 1 se gestionarán de acuerdo con los procedimientos y normas aplicables al presupuesto general de la UE. Los nacionales de los terceros Estados que participen en la financiación de la misión, de las partes anfitrionas y, si es necesario para las necesidades operativas de la misión, de los países vecinos, podrán participar en las licitaciones.
3. El Jefe de Misión y Comisario de Policía dependerá plenamente y estará bajo la supervisión de la Comisión en lo referente a todas las actividades emprendidas en el marco del presente contrato.
4. Las disposiciones financieras respetarán las necesidades operativas de EUPOL COPPS, incluida la compatibilidad del material y la interoperatividad de sus equipos.
5. Los gastos serán financiables a partir de la fecha de la entrada en vigor de la presente Acción Común.».
Historial de versiones
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