Art. 7 · Iniciativas de sensibilización en relación con las normas de la PPC

Art. 7

Iniciativas de sensibilización en relación con las normas de la PPC

En vigor desde 23 nov 2010
Artículo 7 Iniciativas de sensibilización en relación con las normas de la PPC Para cubrir los gastos, correspondientes a los proyectos mencionados en el anexo V, generados por iniciativas, como seminarios e instrumentos de comunicación, encaminadas a sensibilizar en mayor medida a los pescadores y a otros interesados, como inspectores, fiscales y jueces, así como a la opinión pública, acerca de la necesidad de combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) y en relación con la aplicación del nuevo Reglamento de control, podrá concederse una participación financiera del 90 % de los gastos subvencionables, dentro de los límites establecidos en dicho anexo.
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