Art. 2

Art. 2

En vigor desde 27 sept 2010
Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión son la República Federal de Alemania y el Gran Ducado de Luxemburgo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2010:579:oj#art-2