Art. 14 · Entrada en vigor

Art. 14

Entrada en vigor

En vigor desde 22 sept 2010
Artículo 14 Entrada en vigor La presente Decisión entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2010:862:oj#art-14