Art. 16 · Revisión de la Misión

Art. 16

Revisión de la Misión

En vigor desde 21 sept 2010
Artículo 16 Revisión de la Misión Sobre la base de un informe de evaluación que elaborarán a mitad de mandato los servicios dependientes de la autoridad del AR y que será presentado a más tardar en el mes de junio de 2011, el CPS aprobará recomendaciones para el Consejo con vistas a hacer un balance sobre la evolución de la reforma de las FARDC y evaluar los efectos de la Misión en la ejecución de medidas concretas de apoyo al plan de reforma de las FARDC. Dicha evaluación se basará, entre otros elementos, en indicadores de avance y en indicadores operativos específicos que figuren en el OPLAN.
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