Art. 1 · Organismo modificado genéticamente e identificador único

Art. 1

Organismo modificado genéticamente e identificador único

En vigor desde 28 jul 2010
Artículo 1 Organismo modificado genéticamente e identificador único Conforme a lo establecido en el Reglamento (CE) no 65/2004, se asigna al maíz modificado genéticamente (Zea mays L.) 1507x59122, según se especifica en la letra b) del anexo de la presente Decisión, el identificador único DAS-Ø15Ø7-1xDAS-59122-7.
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