Art. 1

Art. 1

En vigor desde 12 jul 2010
Artículo 1 Las normas de origen establecidas en las notas 2 y 3 del apéndice II (a) del anexo III de la Decisión no 2/2000 se aplicarán hasta el 30 de junio de 2014 en lugar de las normas de origen establecidas en el apéndice II del anexo III de la Decisión no 2/2000.
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