Art. 11
Características
En vigor desde 7 jul 2010
Artículo 11
Características
1. La red transeuropea de vías navegables comprenderá ríos y canales, así como los distintos empalmes y ramificaciones que sirven de conexión entre éstos. Permitirá, en particular, la interconexión entre regiones industriales y aglomeraciones urbanas importantes y su enlace con los puertos.
2. Las características técnicas mínimas requeridas para las vías de la red serán las correspondientes al gálibo de la clase IV, que permite el paso de un buque o un convoy empujado de 80 a 85 m de eslora y 9,5 m de manga. En caso de que se modernice o se cree una vía navegable integrada en esta red, sus especificaciones técnicas deberán corresponder como mínimo a la clase IV y permitir alcanzar con posterioridad la clase Va o Vb, así como permitir el paso, en condiciones satisfactorias, de buques utilizados para el transporte combinado. El gálibo de la clase Va permite el paso de un buque o convoy empujado de 110 m de eslora y de 11,40 m de manga, mientras que la clase Vb permite el paso de un convoy empujado de 172 m a 185 m de eslora y 11,40 m de manga.
3. Los puertos de navegación interior, en particular como puntos de interconexión entre las vías navegables a que se refiere el apartado 2 y el artículo 15 y los otros modos de transporte, formarán parte de la red.
4. Estarán incluidos en la red los puertos de navegación interior:
a)
abiertos al tráfico comercial;
b)
ubicados en la red de vías navegables interiores de conformidad con el esquema de la sección 4 del anexo I;
c)
interconectados con otras rutas transeuropeas de transporte indicadas en el anexo I; y
d)
equipados con instalaciones de transbordo para el transporte intermodal o cuyo volumen de tráfico anual de flete sea igual o superior a 500 000 toneladas.
Los puertos de navegación interior contemplados en la letra d) figuran en el anexo I.
5. La red comprenderá asimismo la infraestructura de gestión del tráfico. Ésta incluirá, en particular, la creación de un sistema interoperable e inteligente de tráfico y transporte denominado «Servicio de Información Fluvial» cuya función consistirá en optimar la capacidad y la seguridad actuales de la red de vías navegables y mejorar su interoperabilidad con otros modos de transporte.
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