Art. 1

Art. 1

En vigor desde 3 jun 2010
Artículo 1 La posición de la Unión Europea en el Comité de ayuda alimentaria será manifestarse a favor de la prórroga del Convenio sobre ayuda alimentaria de 1999 por un período de un año, es decir, hasta el 30 de junio de 2011, siempre que los debates entre los miembros del Comité de ayuda alimentaria en torno al futuro del Convenio sobre ayuda alimentaria de 1999 hayan avanzado de forma significativa (es decir, que se puede esperar razonablemente que la renegociación del Convenio sobre ayuda alimentaria de 1999/negociación de un futuro Convenio comience en el transcurso de 2010) antes de celebrarse la sesión no 102 del Comité de ayuda alimentaria el 4 de junio de 2010. Si esa condición no se cumple, la posición de la Unión Europea será oponerse formalmente a la obtención de un consenso en el Comité de ayuda alimentaria a favor de una prórroga del Convenio sobre ayuda alimentaria de 1999, en virtud de la norma no 13 del reglamento interno del Comité de ayuda alimentaria.
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