Art. 11
Control de almacenamiento
En vigor desde 4 may 2010
Artículo 11
Control de almacenamiento
1. Se adoptarán las medidas necesarias para garantizar el almacenamiento adecuado de los datos y evitar el acceso no autorizado a estos.
2. Los elementos de los equipos que contengan soportes de almacenamiento serán sometidos a una verificación que garantice la retirada o sobreescritura completa de los datos sensibles antes de su eliminación, o serán destruidos por medios seguros.
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