Art. 22 · Aplicabilidad

Art. 22

Aplicabilidad

En vigor desde 4 may 2010
Artículo 22 Aplicabilidad 1.   La presente Decisión será aplicable en la fecha fijada por la Comisión de conformidad con el artículo 48, apartado 1, del Reglamento (CE) no 767/2008. 2.   La presente Decisión expirará en el momento en que la autoridad de gestión asuma sus responsabilidades.
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