Art. 2

Art. 2

En vigor desde 27 abr 2010
Artículo 2 1.   La ayuda concedida a Autonoom Gemeentebedrijf Vismijn Oostende (AGVO) por un importe de 6 200 000 EUR en forma de capital inicial es incompatible con el mercado interior. 2.   La ayuda concedida a AGVO en forma de garantías sin contraprestación por préstamos es incompatible con el mercado interior. 3.   La ayuda concedida a AGVO en forma de derecho de utilización, libre de cargas o a un precio inferior al precio de mercado, de terrenos e inmuebles ubicados en el puerto pesquero de Ostende es incompatible con el mercado interior. 4.   La ayuda concedida a AGVO en forma de transferencia de propiedad, libre de cargas, entre el 26 de marzo de 2004 y el 4 de septiembre de 2009 de 57 500 m2 de superficie de inmuebles ubicados en el puerto pesquero de Ostende es incompatible con el mercado interior. 5.   La ayuda concedida a AGVO en forma de derecho de recaudación de tasas desde el 14 de marzo de 2002 es incompatible con el mercado interior.
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