Art. 2

Art. 2

En vigor desde 16 feb 2010
Artículo 2 Con el fin de poner fin a la situación de déficit excesivo y seguir el camino de ajuste, Grecia adoptará diversas medidas de saneamiento presupuestario, entre ellas las especificadas en el programa de estabilidad, y, más en concreto: A.   MEDIDAS PRESUPUESTARIAS URGENTES A ADOPTAR ANTES DEL 15 DE MAYO DE 2010 Tal y como se indicaba en el programa de estabilidad, e incluyendo las medidas presupuestarias anunciadas el 2 de febrero de 2010, Grecia deberá: Gastos a) transferir el 10 % de los créditos presupuestarios de 2010 (exceptuados los destinados a salarios y pensiones), correspondientes a los Ministerios, a una reserva para imprevistos, a la espera de redistribuir tales créditos entre los distintos Ministerios y determinar qué programas de gasto han de racionalizarse, con el objetivo de llegar a una importante reducción permanente del gasto; b) reducir la masa salarial, incluyendo la congelación de los salarios nominales de la Administración central, las Administraciones locales, los organismos públicos y otras instituciones públicas y recortando empleo; no efectuar nuevas contrataciones de personal en 2010 y amortizar las vacantes que se produzcan en las administraciones públicas —incluidos los contratos temporales—, en particular, no reemplazando al personal permanente que pase a la situación de jubilación; c) recortar los complementos especiales destinados a los funcionarios (inclusive los abonados con cargo a cuentas extrapresupuestarias), que conduzca a una reducción de las remuneraciones totales de las administraciones públicas, como primera medida para mejorar el sistema salarial y la racionalización de la tabla salarial del sector público; d) efectuar recortes nominales en las transferencias de la seguridad social, incluso a través de medidas dirigidas a restringir la indexación de las prestaciones y otros derechos. Ingresos e) instaurar una escala tributaria progresiva para todo tipo de rentas y un régimen horizontal unificado para las rentas procedentes del trabajo y de activos fijos; f) derogar todas las disposiciones tributarias que prevén exenciones y regímenes autónomos, incluido por lo que atañe a las rentas procedentes de complementos especiales abonados a los funcionarios; g) implantar un régimen impositivo de estimación objetiva para los trabajadores autónomos; h) implantar exacciones permanentes sobre los inmuebles e incrementar los tipos de los impuestos sobre los bienes inmuebles, frente a los aplicados a 31 de diciembre de 2009; i) aumentar los impuestos especiales sobre el tabaco, el alcohol y los carburantes, frente a los tipos aplicados a 31 de diciembre de 2009; j) describir en detalle, y aplicar, a más tardar a finales de marzo de 2010, las reformas del sistema tributario actualmente previstas, y aprovechar la posible eficiencia conseguida para una mayor reducción del déficit. B.   MEDIDAS DE APOYO PARA SALVAGUARDAR LOS OBJETIVOS PRESUPUESTARIOS DE 2010 a) en la medida en que un determinado número de riesgos que pesan sobre los niveles máximos de déficit y de deuda previstos en el artículo 1, apartados 3 y 4, ocurran, Grecia anunciará, en el informe que será presentado antes del 16 de marzo de 2010, medidas adicionales a las previstas en el artículo 2, sección A, para garantizar que se logre el objetivo presupuestario para 2010. Medidas adicionales deberán centrarse en el recorte del gasto (por ejemplo, reduciendo aún más los gastos corrientes y de capital, incluida la anulación de las asignaciones presupuestarias en la provisión para imprevistos), pero que también podrán incluir medidas de aumento de los ingresos (por ejemplo, incremento de ingresos por el IVA, implantación de impuestos especiales sobre los bienes de lujo, incluidos los vehículos automóviles privados y el aumento de los impuestos especiales sobre los productos energéticos). La primera evaluación al respecto se efectuará con ocasión del primer informe de 16 de marzo de 2010. C.   OTRAS MEDIDAS A ADOPTAR A FINALES DE 2010, A MÁS TARDAR Gastos a) efectuar los cambios necesarios para reducir significativamente los efectos presupuestarios del envejecimiento de la población, mediante una reforma de los sistemas sanitario y de pensiones, que habrá de ser validada por el proceso de evaluación interpares del Comité de Política Económica, y, en particular, adoptar una reforma paramétrica del sistema de pensiones que garantice la sostenibilidad financiera del mismo frente al envejecimiento de la población; con esta finalidad, la reforma incluirá una reducción de los límites superiores de las pensiones, un aumento gradual de la edad legal de jubilación de hombres y mujeres, y un cambio en la fórmula de cálculo de las pensiones, de modo que queden mejor reflejadas las cotizaciones satisfechas durante el conjunto de la vida laboral, que aumente la equidad intergeneracional y se racionalice el sistema de complementos especiales destinados a las pensiones más bajas; b) disminuir el empleo público, mediante una mayor reducción de los contratos temporales y la provisión de una de cada cinco vacantes por jubilación; c) reformar el sistema retributivo de los empleados directos del sector público, estableciendo principios unificados para la fijación y planificación de los salarios; racionalizar la tabla salarial, con el objetivo de reducir la masa salarial; lograr ahorros también en los costes salariales de la Administración local, y hacer extensiva la nueva tabla salarial del sector público, con las necesarias adaptaciones, a la Administración local y a diversos otros organismos, y garantizar también que el sector público conserve a los empleados más eficaces; Ingresos d) intensificar decididamente la lucha contra la evasión y el fraude fiscal (en particular, en relación con el IVA, el impuesto sobre sociedades y el régimen impositivo de los trabajadores autónomos), entre otras cosas reforzando las medidas legales destinadas a garantizar el pago de impuestos, e utilizar los posibles ingresos así obtenidos para reducir más el déficit presupuestario; e) proseguir la modernización de la administración tributaria, en particular creando un servicio para la recaudación de impuestos plenamente obligada a rendir cuentas, que deberá fijar objetivos anuales y actuar en el marco de sistemas de evaluación para el seguimiento de la eficacia de las delegaciones tributarias; asignar los recursos necesarios en términos de personal de alto nivel, infraestructura y equipo, organización administrativa y sistemas para compartir la información que deberían poseer las garantías suficientes contra la interferencia política; Marco presupuestario f) describir en detalle las medidas que vayan a aplicarse en 2011 y 2012, para alcanzar los objetivos contenidos en la actualización de enero de 2010; g) reforzar la posición del Ministerio de Finanzas, en relación con los otros Ministerios, en el proceso anual de elaboración de la legislación presupuestaria, y reforzar también sus mecanismos de control durante la ejecución del presupuesto; además, será necesario velar por la efectiva implantación de una presupuestación por programa; h) proseguir la reforma de la Oficina General de Contabilidad, en particular mediante: la creación de un servicio presupuestario plenamente obligado a rendir cuentas, que deberá fijar objetivos de gasto plurianuales y actuar en el marco de sistemas de evaluación para el seguimiento de los resultados; asignar los recursos necesarios en términos de personal de alto nivel, infraestructura y equipo, organización administrativa y sistemas para compartir la información que deberían poseer las garantías suficientes contra la ingerencia política; i) adoptar un marco presupuestario a medio plazo, que prevea límites máximos de gasto vinculantes basados en un criterio de gasto plurianual, e implantar una agencia independiente de política presupuestaria, que informe pública y oportunamente sobre los planes presupuestarios y la ejecución presupuestaria de todas las entidades adscritas a las administraciones públicas; j) dentro del marco presupuestario a medio plazo a que se refiere la letra i), comunicar, sin dilación, medidas permanentes adicionales de reducción del gasto a medio plazo; k) potenciar decididamente la lucha contra la corrupción en la administración pública, en particular por lo que atañe a los salarios y complementos salariales del sector público, la contratación pública y la liquidación y recaudación de impuestos; l) adoptar las medidas necesarias para evitar una reducción del vencimiento medio de la deuda pública; m) proseguir los esfuerzos para controlar los factores distintos del endeudamiento neto que contribuyen a la variación de los niveles de deuda. D.   OTRAS MEDIDAS PRESUPUESTARIAS A ADOPTAR EN 2012, A MÁS TARDAR Gastos a) en 2011 y 2012 aplicar medidas de ajuste de carácter permanente, centradas principalmente en los gastos corrientes; más en concreto, adoptar medidas de recorte del gasto dirigidas a lograr un ahorro permanente en el gasto público de consumo, incluida la masa salarial, y en las transferencias sociales, y reducir el empleo público; Ingresos b) dentro de un marco presupuestario a medio plazo, seguir aplicando con rigor la reforma de la administración tributaria, destinando los posibles ingresos obtenidos a la reducción del déficit; Marco presupuestario c) reforzar los mecanismos institucionales con la finalidad de proporcionar previsiones presupuestarias oficiales fiables y verosímiles que atiendan a datos recientes sobre la evolución de la ejecución y las tendencias al respecto; a estos efectos, expertos independientes deberán revisar las previsiones macroeconómicas oficiales; servirán de referencia las previsiones de los servicios de la Comisión; d) abstenerse de incluir en los objetivos presupuestarios medidas de reducción del déficit de carácter excepcional; e) dentro del marco presupuestario a medio plazo, adoptar medidas permanentes adicionales de reducción del gasto dirigidas a alcanzar el objetivo a medio plazo de proximidad al equilibrio presupuestario o de superávit.
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