Art. 1
En vigor desde 9 feb 2010
Artículo 1
La presente Decisión establece medidas transitorias relativas a la aplicación de determinados requisitos estructurales establecidos en el anexo II del Reglamento (CE) no 852/2004 y en el anexo III del Reglamento (CE) no 853/2004 a los establecimientos cárnicos, de ovoproductos y de productos de la pesca así como a los almacenes frigoríficos de Rumanía enumerados en los anexos I a IV de la presente Decisión («los establecimientos»).
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