Art. 2

Art. 2

En vigor desde 5 feb 2010
Artículo 2 La presente Decisión aborda únicamente la adecuación de la protección otorgada por las cláusulas contractuales tipo establecidas en el anexo para la transferencia de datos personales a los encargados del tratamiento. No afecta a la aplicación de otras disposiciones nacionales por las que se aplique la Directiva 95/46/CE, relacionadas con el tratamiento de datos personales en los Estados miembros. La presente Decisión se aplicará a la transferencia de datos personales por responsables del tratamiento establecidos en la Unión Europea a destinatarios establecidos fuera del territorio de la Unión Europea que actúen solamente como encargados del tratamiento.
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