Art. 10
Protección interna de los datos
En vigor desde 30 nov 2009
Artículo 10
Protección interna de los datos
El Director tomará las medidas necesarias para garantizar la observancia de las presentes normas y otras disposiciones sobre protección de datos. Con este fin, el Director pedirá asesoramiento al Responsable de la protección de datos a que se refiere el artículo 28 de la Decisión Europol.
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