Art. 9

Art. 9

En vigor desde 30 nov 2009
Artículo 9 El artículo 6 de la Decisión 2006/799/CE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 6 Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “enmiendas del suelo”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2011.».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2009:888:oj#art-9