Art. 19

Art. 19

En vigor desde 30 nov 2009
Artículo 19 La Comunidad concede una contribución económica al Chemisches und Veterinäruntersuchungsamt (CVUA), Stuttgart, Alemania, para desempeñar las funciones y tareas previstas en el artículo 32 del Reglamento (CE) no 882/2004, para la realización de análisis y pruebas de residuos de plaguicidas mediante métodos de residuo único. En el período comprendido entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2010, dicha contribución financiera no excederá de 352 000 EUR.
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