Art. 1
En vigor desde 22 oct 2009
Artículo 1
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3, apartado 4, de la Decisión 2007/602/CE, la Comisión fija por la presente Decisión en cuatro años el mandato de los siguientes miembros del Grupo de diálogo con las partes interesadas desde el 29 de noviembre de 2007 hasta el 29 de noviembre de 2011:
BAX Willemien
BERTELETTI KEMP Florence
CZIMBALMOS Ágnes
DI PUPPO Roshan
GALLANI Barbara
GOUVEIA Rodrigo
KETTLITZ Beate
ROSS Melody
SHEPPARD Philip
TIDDENS-ENGWIRDA Lisette
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Tus anotaciones
Proeli:dec:2009:783:oj#art-1