Art. 1

Art. 1

En vigor desde 22 oct 2009
Artículo 1 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3, apartado 4, de la Decisión 2007/602/CE, la Comisión fija por la presente Decisión en cuatro años el mandato de los siguientes miembros del Grupo de diálogo con las partes interesadas desde el 29 de noviembre de 2007 hasta el 29 de noviembre de 2011: BAX Willemien BERTELETTI KEMP Florence CZIMBALMOS Ágnes DI PUPPO Roshan GALLANI Barbara GOUVEIA Rodrigo KETTLITZ Beate ROSS Melody SHEPPARD Philip TIDDENS-ENGWIRDA Lisette
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