Art. 18 · Entrada en vigor

Art. 18

Entrada en vigor

En vigor desde 16 sept 2009
Artículo 18 Entrada en vigor La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable desde el 1 de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2015.
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