Art. 2

Art. 2

En vigor desde 17 jun 2009
Artículo 2 1.   Si la Comisión autoriza en una decisión una cofinanciación FEDER por un valor mínimo del 25 % del gasto público destinado al proyecto, se puede ejecutar la ayuda (incluida la bonificación de cohesión) por un valor máximo del 23,8224 % EBS de los costes reales subvencionables de Sovello2, lo que corresponde a un importe de la ayuda de 27 367 723 EUR (valor actual). 2.   Si la Comisión no autoriza en una decisión una cofinanciación FEDER por un valor mínimo del 25 % del gasto público destinado al proyecto, se puede ejecutar la ayuda (sin la bonificación de cohesión) por un valor máximo del 22,46 % EBS de los costes reales subvencionables de Sovello2, lo que corresponde a un importe de la ayuda de 25 802 567 EUR (valor actual).
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