Art. 1
En vigor desde 10 jun 2009
Artículo 1
Los importes resultantes de la aplicación de cinco puntos porcentuales de reducción para los años 2009 a 2012, en aplicación del artículo 9, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) no 73/2009, se atribuyen a los Estados miembros de conformidad con el cuadro que figura en el anexo I de la presente Decisión.
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