Art. 15 · Acuerdos para la puesta en común de datos

Art. 15

Acuerdos para la puesta en común de datos

En vigor desde 5 jun 2009
Artículo 15 Acuerdos para la puesta en común de datos La descripción resumida a que se refiere el artículo 21, apartado 2, letra d), de la Directiva 2007/2/CE, contendrá lo siguiente: a) un resumen de los acuerdos establecidos, o en fase de establecimiento, entre autoridades públicas para la puesta en común de datos; b) un resumen de los acuerdos establecidos, o en fase de establecimiento, entre autoridades públicas e instituciones y organismos comunitarios para la puesta en común de datos, con ejemplos de acuerdos para la puesta en común de un conjunto de datos espaciales concreto; c) una lista de los obstáculos que dificultan la puesta en común de servicios y conjuntos de datos espaciales entre autoridades públicas y entre autoridades públicas e instituciones y organismos comunitarios, así como una descripción de las medidas que deben adoptarse para superarlos.
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