Art. 12
Coordinación y aseguramiento de la calidad
En vigor desde 5 jun 2009
Artículo 12
Coordinación y aseguramiento de la calidad
1. Por lo que se refiere a la coordinación, la descripción resumida a que se refiere el artículo 21, apartado 2, letra a), de la Directiva 2007/2/CE, contendrá lo siguiente:
a)
nombre, información de contacto, función y responsabilidades del punto de contacto del Estado miembro;
b)
nombre, información de contacto, función, responsabilidades y organigrama de la estructura de coordinación que apoya al punto de contacto del Estado miembro;
c)
descripción de las relaciones con terceros;
d)
resumen de las prácticas y procedimientos de trabajo del organismo coordinador;
e)
comentarios sobre los procedimientos de seguimiento y elaboración de informes.
2. Por lo que se refiere a las medidas para asegurara la calidad, la descripción resumida a que se refiere el artículo 21, apartado 2, letra a), de la Directiva 2007/2/CE, contendrá lo siguiente:
a)
una descripción de los procedimientos de aseguramiento de la calidad, incluido el mantenimiento de la infraestructura de información espacial;
b)
un análisis de los problemas de aseguramiento de la calidad relacionados con el desarrollo de la infraestructura de información espacial, teniendo en cuenta los indicadores generales y específicos;
c)
una descripción de las medidas adoptadas para mejorar el aseguramiento de la calidad de la infraestructura;
d)
una descripción del mecanismo de certificación, en caso de que lo haya.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2009:442:oj#art-12