Art. 12 · Coordinación y aseguramiento de la calidad

Art. 12

Coordinación y aseguramiento de la calidad

En vigor desde 5 jun 2009
Artículo 12 Coordinación y aseguramiento de la calidad 1.   Por lo que se refiere a la coordinación, la descripción resumida a que se refiere el artículo 21, apartado 2, letra a), de la Directiva 2007/2/CE, contendrá lo siguiente: a) nombre, información de contacto, función y responsabilidades del punto de contacto del Estado miembro; b) nombre, información de contacto, función, responsabilidades y organigrama de la estructura de coordinación que apoya al punto de contacto del Estado miembro; c) descripción de las relaciones con terceros; d) resumen de las prácticas y procedimientos de trabajo del organismo coordinador; e) comentarios sobre los procedimientos de seguimiento y elaboración de informes. 2.   Por lo que se refiere a las medidas para asegurara la calidad, la descripción resumida a que se refiere el artículo 21, apartado 2, letra a), de la Directiva 2007/2/CE, contendrá lo siguiente: a) una descripción de los procedimientos de aseguramiento de la calidad, incluido el mantenimiento de la infraestructura de información espacial; b) un análisis de los problemas de aseguramiento de la calidad relacionados con el desarrollo de la infraestructura de información espacial, teniendo en cuenta los indicadores generales y específicos; c) una descripción de las medidas adoptadas para mejorar el aseguramiento de la calidad de la infraestructura; d) una descripción del mecanismo de certificación, en caso de que lo haya.
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