Art. 2 · Misión

Art. 2

Misión

En vigor desde 3 jun 2009
Artículo 2 Misión La misión del Grupo consistirá en asistir a la Comisión en lo siguiente: a) evaluación de productos, sustancias y técnicas que pueden usarse en la producción ecológica, teniendo en cuenta los objetivos y principios establecidos en el Reglamento (CE) no 834/2007; b) mejora de las normas vigentes y creación de nuevas normas de producción; c) intercambio de experiencias y buenas prácticas en el ámbito de la producción ecológica.
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